LA DEPORTACIÓN EN USA

EXPLICANDO CASOS DE DEPORTACIÓN
Por el Dr. Luis Guerra
Ver WEB : http://www.peruanosenusa.net/
Una de las ideas angustiante que acecha a los inmigrantes en EE.UU., desde turistas hasta ciudadanos naturalizados, es la idea de ser deportado, sobre todo por desconocer los detalles del proceso. Lo cierto es que tanto inmigrantes legales como ilegales pueden estar expuestos a una deportación. El presente artículo intenta despejar esas angustias y esclarecer el tema.
Comprender el sistema legal es el primer paso a seguir antes de pelear un caso de deportación. La deportación, según el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (USCIS) es la remoción formal de un extranjero de EE.UU. cuando el extranjero ha sido encontrado elegible para su remoción por violar las leyes de inmigración. La deportación es ordenada por un juez de inmigración sin que se imponga o contemple un castigo (…).
Los fundamentos que el gobierno tiene para deportar a un inmigrante son varios y pueden ser divididos en cinco grupos: 1) Entrada al país sin documentación apropiada; 2) Violación de estatus legal; 3) Inmigrantes con antecedentes criminales; 4) Inmigrantes que son miembros de organizaciones prohibidas o terroristas; y 5) Inmigrantes que, después de los primeros cinco años de haber sido admitidos en el país, se convierten en carga pública.
Desde Marzo del 2003, la autoridad que rige las leyes federales de inmigración en los EE.UU. es el Departamento de Seguridad Interna (DHS). A su vez, el DHS está constituido por tres agencias encargadas de hacer cumplir las leyes de inmigración. Estas agencias son: 1) el USCIS; 2) el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE); y 3) la Patrulla Fronteriza (CBP).
USCIS tiene a cargo la adjudicación de los beneficios migratorios por ejemplo permisos de trabajo, asilos políticos, solicitudes de visas permanentes y temporales, y ciudadanías. USCIS no tiene la potestad de arrestar ni de detener a inmigrantes.
ICE tiene la responsabilidad de hacer cumplir las leyes aduaneras y de inmigración dentro de los EE.UU. y también las importantes y delicadas tareas de investigar y arrestar a inmigrantes por violaciones de las leyes de inmigración. ICE está constituido por unidades de investigación, detención y deportación, para lo cual cuenta con fiscales que actúan ante los Tribunales de Inmigración.
CBP está encargada de la protección y seguridad de las fronteras
y los puertos de entrada fronterizos. Es muy importante sa7ber que estas tres agencias mantienen una comunicación constante lo cual facilita su gestión, dando como resultado mayor número de inmigrantes detenidos y envueltos en procesos de deportación.
Arrestos en los Puertos de EntradaCBP está a cargo de los arrestos en los aeropuertos, puertos navales, o puertos terrestres. Si un inmigrante es arrestado (por haber violado alguna ley de inmigración) cuando intenta ingresar a EE.UU. por alguno de estos puertos, esta persona será detenida por CBP algunas horas o días, siendo clasificados en dos grupos: 1) los que son elegibles para un proceso frente a los Tribunales de Inmigración, que son transferidos a una cárcel de inmigración del ICE, y 2) los que son inelegibles, quienes son automáticamente deportados, sin oportunidad de defender sus casos.
Arrestos al Término de una Sentencia Criminal
Un inmigrante, con o sin documento legal, que se encuentra cumpliendo una condena o que es arrestado y puesto en una cárcel en espera de un juicio (porque ha sido acusado de algún acto criminal) también está en riesgo de caer bajo la jurisdicción de las autoridades y agencias de inmigración, al terminar la condena o el tiempo en la cárcel. Normalmente ICE investiga e interroga a inmigrantes que se encuentran en las cárceles federales y estatales, con el fin de hallar violaciones de las leyes de inmigración, que ameriten una deportación.
Arrestos en las Calles
Lamentablemente, no es raro que ICE arreste a inmigrantes en sus casas, centros laborales, o en oficinas de probatoria. Últimamente, USCIS está poniendo en alerta a investigadores de ICE sobre personas sospechosas de infringir las leyes de inmigración, aún cuando éstas se encuentren esperando sus respectivas entrevistas de residencia, asilo o ciudadanía, en los mismos edificios del USCIS. La CBP también es muy activa, arrestando generalmente a inmigrantes que ya tienen una orden de deportación vigente y los lleva a edificios gubernamentales para interrogarlos, tomarles huellas digitales y transferirlos a centros de detención.
Los Cargos por Violaciones Migratorias: La Orden de Comparecencia
Un proceso de deportación empieza oficialmente cuando el inmigrante recibe una Orden de Comparecencia o Notice to Appear (NTA). La NTA es solo una orden para que el inmigrante se presente al Tribunal de Inmigración para responder los cargos de inmigración por los que se le acusa. La NTA es preparada por una de las agencias del DHS encargadas de hacer cumplir las leyes de inmigración. Si el inmigrante es arrestado por ICE o por la CBP, la respectiva agencia es la que se encarga de preparar y entregar la NTA al inmigrante. Ahora bien, si el inmigrante está intentando obtener un beneficio migratorio (permisos de trabajo, solicitudes de visas temporales o permanentes, asilo o ciudadanía) y este le es negado, el USCIS es la agencia encargada de preparar y entregar la NTA.
La NTA indica las violaciones de las leyes de inmigración por las cuales el inmigrante es acusado; así como también sus derechos durante el proceso de deportación, que son: 1) El acusado tiene derecho a ser escuchado por una parte neutral, en este caso por un juez de inmigración, si justifica; 2) El acusado tiene derecho a un abogado para que lo represente ante los procedimientos de deportación, siempre y cuando esta representación no signifique costo para el gobierno; 3) el acusado tiene derecho de ver una lista de organizaciones no gubernamentales, que dan ayuda a inmigrantes en proceso de deportación y 4) El acusado tiene el derecho de apelar el caso tanto administrativamente como en la corte federal. Existen también ciertos derechos, que están bajo un nuevo estándar legal de detención del DHS, que incluyen ver un médico, hablar con su familia, tener acceso a un teléfono, y ser notificados de sus derechos en un idioma que el inmigrante entienda.
Es importante que la comunidad inmigrante entienda, que una persona que recibe la NTA y que no se presenta al Tribunal de Inmigración puede ser deportada a pesar de no haber acudido a la audiencia. Este tipo de órdenes de deportación “en ausencia” son muy difíciles de reabrir, a menos que haya existido una causa de fuerza mayor.
Libertad Condicional después de ser Arrestado por las Autoridades de Inmigración
En la mayoría de casos, el mayor temor de los inmigrantes es estar encarcelado en un centro de detención, siendo éste mayor al temor de ser deportado. Es necesario que la comunidad inmigrante en los EE.UU. entienda que, a pesar que algunos inmigrantes puedan ser arrestados y puestos en proceso de deportación, algunos de ellos pueden ser amparados bajo la ley y elegibles para pedir una libertad condicional y salir de los centros de detención mientras sus casos estén pendientes en los Tribunales de Inmigración. Otros inmigrantes, aquellos con expedientes criminales, no tienen este privilegio por estar sujetos a la ley de detención obligatoria; empero, pierden el derecho de defender sus casos de deportación en dichos Tribunales.
La Oficina Ejecutiva de Revisión de Casos de Inmigración
La Oficina Ejecutiva de Revisión de Casos de Inmigración (EOIR) es responsable de juzgar casos referentes a inmigración. Específicamente, bajo autoridad delegada del Secretario de Justicia, la EOIR interpreta y administra leyes federales de inmigración realizando procedimientos del Tribunal de Inmigración, revisiones de apelación y audiencias administrativas. La EOIR está constituida por tres componentes: La Oficina del Juez Principal de Inmigración, que es responsable de manejar los numerosos Tribunales de Inmigración ubicados en todos los EE.UU., donde los jueces de inmigración juzgan casos individuales; la Junta de Apelaciones de Inmigración, que sobre todo realiza revisiones de apelación de las decisiones de los jueces de inmigración; y la Jefatura de Audiencias Administrativas, que juzga los casos de empleo relacionados con inmigración. La EOIR tiene el compromiso de proveer la aplicación justa, pronta y uniforme de las leyes nacionales de inmigración en todos los casos.
¿Cómo Defenderse Frente a una Deportación?
Definitivamente, una deportación tiene repercusiones graves para cualquier inmigrante; especialmente si el inmigrante desea volver a los EE.UU. En la mayoría de casos, una deportación es castigada con la pena y el estigma de no poder ser admitido durante los siguientes 10 años. La primera defensa en un caso de deportación es verificar si el inmigrante involucrado tiene orden de deportación vigente. Si el inmigrante tiene orden de deportación se debe revisar exhaustivamente si existe una base legal para pedir una reapertura del caso.
Si el inmigrante no tiene orden de deportación, el caso debe ser definido en un Tribunal de Inmigración; y para ganar el caso, se debe encontrar un recurso legal o “salvavidas” para que el inmigrante no sea deportado. Hay varias formas de salir airoso de un caso de deportación, pero todo depende del tiempo que tenga el inmigrante viviendo en los EE.UU., sus relaciones familiares, la manera de haber ingresado al país, su estatus legal, y su expediente criminal.
Los residentes legales que han vivido continuamente en el país por un período de 7 años (y los residentes indocumentados que han vivido en forma ininterrumpida por un periodo de 10 años) pueden ampararse en la ley de Cancelación de Deportación, siempre y cuando cumplan los requisitos del Acta de Inmigración y Nacionalidad (INA). Otras personas también podrían beneficiarse mediante una petición familiar, ajuste de estatus, o por un asilo.
También existen casos humanitarios, de situaciones muy extremas, en los cuales el inmigrante puede pedir al Tribunal de Inmigración que difiera la orden de deportación. Pero es necesario entender, que los Tribunales aprueban estos casos humanitarios con cuentagotas porque hay que probar contundentemente que se trata de casos de sufrimiento extremo.
Otra forma de evitar una deportación es la salida voluntaria, por la cual un inmigrante en proceso de deportación puede partir voluntariamente, siempre y cuando acceda a su remoción. La ventaja de la salida voluntaria, es que una vez fuera de EE.UU., la persona no está impedida de volver a los EE.UU. durante 10 años que exige una deportación. Es importante resaltar que si la persona no sale voluntariamente durante el tiempo otorgado (generalmente 120 días), las consecuencias pueden ser serias, resultando en una multa y en 10 años de prohibición de acceso a las varias formas de recursos legales o “salvavidas” frente a una deportación.

Comentarios