A PROPÓSITO DE LA NUEVA LEY DE MYPES

A PROPÓSITO DE LA NUEVA LEY DE MYPES
Cortesía : APTTA Perú /sitioweb : aptta.blogspot.com
La norma anterior que regulaba los derechos de las MYPEs contemplaba el derecho de los trabajadores a gozar de 15 dias de vacaciones al año, pero ahora, con la nueva legislacion, se reconocen CTS, Gratificaciones y derecho al dueldo minimo.
La nueva Ley propone los siguientes reconocimientos:
1. El régimen especial reconoce derechos laborales básicos como: la jornada de 8 horas diarias, descanso semanal de 24 horas, 15 días de vacaciones, 15 días de CTS por año, dos gratificaciones de medio sueldo por año, derecho a la remuneración mínima.
2. Además, la indemnización por despido injustificado de 10 remuneraciones diarias por año para la mype y de 20 remuneraciones diarias por año para la pyme, derecho a la seguridad social y pensiones, sindicación y negociación colectiva de ser el caso.
3. La norma solo se aplicarán a los nuevos trabajadores que sean contratados a partir de la vigencia del D. Leg 1086 (luego de aprobado el reglamento en un plazo de 60 días).4. Los trabajadores antiguos bajo el régimen general, conservarán los derechos que por ley les corresponde, inclusive, se establecen “candados” para evitar el recorte de estos derechos, al haberse fijado multas e indemnizaciones ante incumplimientos.
5. Incluso, quienes falseen información o dividan sus unidades empresariales para acceder a este régimen especial serán sancionadas e inhabilitadas de contratar con el Estado hasta por dos años.
El Gobierno, en su intensa Campaña mediática, insiste que se le está dando al grueso de los trabajadores, lo que antes no tenían. Los Empresarios, sostienen que es tan baja la capacidad de acumulación de las MYPES, que srá muy dificil que cumplan con lo mandatado. Las Centrales Sindicales, es especial la CGTP y la CUT, afirman que esta Ley esta a pedido de las Granandes Empresas que seguirán fragmentando su dimensión, para eludir responsabilidades y creando condiciones objetivas, para devaluar e incumplir derechos laborales fundamentales.
La APTTA Perú, considera, que al no haber habido convocatoria a la Representación de 2,600,000 trabajadores autónomos, es una Ley Unilateral, no habiéndose definido con claridad el tema de vigilancia, de tal forma, que como ya estamos acostumbrados, no sea un mecanismo implementado para eludir e incuplir, los derechos individuales y colectivos de los trabajadores, tal cual, se viene dando a pesar de las leyes rglamentadoras, con los denominados SERVICES y las pseudo Cooperativas de Trabajo.
Publicado por APTTA en 10:14:00

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