
Por : Emilio Martínez Navarro (Profesor de Filosofía Moral en la Universidad de
Murcia, miembro del Foro Ignacio Ellacuría, emimarti@um.es)
Web: http://www.emiliomartinez.net/
Texto Completo en : http://www.emiliomartinez.net/pdf/Etica_ONGD.pdf
Lo más obvio que podemos observar cuando nos asomamos al mundo de las organizaciones solidarias es su inmensa variedad. La metáfora del arco iris se ha utilizado a menudo para señalar que existen organizaciones de iniciativa ciudadana de todos los colores, pero esa metáfora apenas refleja un aspecto de la diversidad: el pluralismo ideológico. Habría que encontrar otra metáfora que recogiese al mismo tiempo otros aspectos, como el tamaño relativo de cada organización y sobre todo el ethos característico, el carácter moral propio, mostrado en sus prácticas, puesto que esto último es algo diferente de la mera declaración ideológica de intenciones que exhibe cada organización. En cualquier caso, la diversidad y el pluralismo característicos de este sector social no impide que podamos señalar algunos aspectos comunes a todas las organizaciones solidarias, siempre que alcancen el mínimo de estructura para ser consideradas como organizaciones propiamente dichas. Desde el punto de vista ético hay dos de esos aspecto


En efecto, ha habido un momento en la historia de las organizaciones solidarias en el que ellas mismas han caído en la cuenta del peso que han llegado a alcanzar en la sociedad, y en ese momento se han detenido a reflexionar juntas sobre su propia identidad y han intentado aclarar, ante la propia sociedad y ante sí mismas, lo que son y lo que pretenden ser. En ese proceso reflexivo, que generalmente se ha plasmado en algún documento público como “código de conducta”8 o

¿Qué rasgos característicos deben tener las ONGD para mantener una identidad que sea compatible con los ideales de solidaridad que se supone que constituyen su razón de ser? A esta pregunta trata de responder el documento en su conjunto, pero el apartado 1.1 del Código, titulado “Concepto y características de las ONGD”, enumera diez rasgos concretos que las propias organizaciones solidarias han considerado como esenciales para reconocerse a sí mismas. Sintéticamente son los siguientes: 1) estructura estable, 2) ausencia de ánimo de lucro, 3) trabajar en el ámbito de la cooperación al desarrollo de otros pueblos, 4) tener voluntad de cambio hacia una sociedad más justa, 5) poseer respaldo social y presencia activa en la propia sociedad, 6) tener independencia respecto a otras organizaciones, 7) poseer recursos humanos y económicos procedentes de la solidaridad ciudadana, 8) tener mecanismos de elección de cargos directivos que sean transparentes, participativos y con igualdad de oportunidades para hombres y mujeres, 9) ser transparentes en su política, sus prácticas y sus presupuestos y 10) ar

El propio Código de Conducta no aclara si es necesario que toda ONGD ha de cumplir plenamente las diez características para ser considerada como tal y aceptada en la federación, o si, por el contrario, esos diez rasgos constituyen un horizonte a realizar, una aspiración a alcanzar a largo plazo. Ahora bien, por lo que traslucen algunos enunciados del documento, se entiende que toda ONGD que se precie debe esforzarse en consolidar cuanto antes esas cualidades, y mientras no lo consigue debería explicar claramente las razones que, por el momento, le impiden poseer tal o cual característica de esas diez, consideradas esenciales.
¿Qué creencias básicas ha de contener el ideario de cualquier ONGD que merezca ese nombre? Las organizaciones solidarias que han elaborado el Código de Conducta consideran que es esencial el consenso en torno a ciertos conceptos: 1) lo que se entiende por desarrollo, 2) la visión que se tenga acerca de la pobreza y sus causas, 3) la comprensión de lo que significa cooperación con los pueblos del Sur10, 4) la igualdad de género como erradicación de relaciones injustas entre hombres y mujeres, 5) la promoción de un tipo de desarrollo respetuoso con el medio ambiente y 6) el compromiso con los derechos humanos (todos los derechos y para todas las personas).
El consenso en torno a estos concep


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