Por Francisco Pérez García
@franco_alsur
A raíz del incendio producido en una galería comercial en la zona de Las
Malvinas, en el Cercado de Lima, diversos columnistas, periodistas y
autoridades se han apresurado en responsabilizar a la “informalidad” como la
principal causa del suceso y la muerte de dos jóvenes que laboraban en
condiciones precarias e inhumanas en los pisos superiores del edificio (*).
Publicado
originalmente en Otra Mirada
Sin embargo, en la definición de discursos se está introduciendo en el
mismo saco conceptos que no necesariamente tienen relación. Lo ocurrido en el
incendio no es producto de la informalidad, es resultado de la ilegalidad, del
incumplimiento de las normas, de la clásica “sacada de vuelta” a la ley.
Foto : LA REPUBLICA
Pero ¿Qué es la informalidad?
El término “informal” fue acuñado en un informe de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en Kenya, en el año 1972. Este término incluye un modelo dual, de generación de ingresos, en las áreas urbanas, constituido por el empleo remunerado y de cuenta propia que ha evolucionado teniendo como hito la Resolución Relativa al Trabajo Decente y la Economía Informal aprobada en la Conferencia General de la OIT el año 2002. (1)
El término “informal” fue acuñado en un informe de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en Kenya, en el año 1972. Este término incluye un modelo dual, de generación de ingresos, en las áreas urbanas, constituido por el empleo remunerado y de cuenta propia que ha evolucionado teniendo como hito la Resolución Relativa al Trabajo Decente y la Economía Informal aprobada en la Conferencia General de la OIT el año 2002. (1)
Esta resolución, si bien considera que no existe una definición precisa,
se puede argumentar que el término hace referencia:
“al conjunto de actividades económicas
desarrolladas por los trabajadores y las unidades económicas que, tanto en la
legislación como en la práctica, están insuficientemente contempladas por los
sistemas formales o no lo están en absoluto. Las actividades de esas personas y
empresas no están recogidas por la ley, lo que significa que se desempeñan al
margen de ella; o que no están contempladas en la práctica, es decir que, si
bien estas personas operan dentro del ámbito de la ley, ésta no se aplica o no
se cumple; o que la propia ley no fomenta su cumplimiento por ser inadecuada,
engorrosa o imponer costos excesivos”.
En el año 2015 se ratifica el término
de economía informal, desde la Recomendación 204 OIT que
establece sugerencias para que los Estados garanticen la transición de la
Economía Informal hacia lo formal.
Foto: La República
El concepto de “economía informal”,
hace referencia, al conjunto de actividades económicas desarrolladas por los
trabajadores y las unidades económicas, que “tanto en la legislación, como en
la práctica, están insuficientemente contempladas por sistemas formales o no lo
están en absoluto.” (2)
Es importante entender, desde la mirada de OIT que las actividades
enmarcadas en la economía informal o la “informalidad” a secas, donde se
producen bienes y servicios de manera lícita, aunque en algunas oportunidades
no se cumpla con los requisitos legales de procedimiento, deben diferenciarse,
de aquellas que son delictivas o ilegales, como lo son, el contrabando, el
tráfico ilícito de drogas, la minería ilegal con explotación de mano de
obra infantil, entre otras, que están contempladas en las normas de sanción del
derecho penal.
Entonces, lo hecho por el ¿empresario? Jhonny Coico “El Gringo” y su
esposa, al mantener encerrados a dos jóvenes trabajadores y sometiéndolos a
condiciones laborales infrahumanas, simplemente linda con la ilegalidad (trata
de personas en su modalidad de esclavitud, exposición al peligro, además de
homicidio culposo entre otros), no es para nada una esquirla producto de la
informalidad que pregonan a los cuatro vientos los “opinólogos” en los medios
de comunicación.
Como dato importante se debe considerar que, en el país, el 75% de los
empleos generados en el país, están dentro de la economía informal. Esto
significa que más de 11 millones de personas se encuentran sin beneficios
laborales o con empleos temporales precarios. Jovi Herrera y Jorge Huamán de 21
y 19 años, muertos calcinados en una trampa de metal, eran trabajadores
informales, pero sometidos a un trato ilegal. Su informalidad no los mató, los
asesinó la ilegal actividad de quienes lo “contrataron” por una miserable
cantidad de soles.
Informalidad no es ilegalidad, menos aún
delincuencia a ser perseguida por las autoridades.
(*) El mismo fenómeno se ha producido también,
tras el despiste de un bus turístico en el Cerro San Cristóbal, que dejó
10 muertos y más de 30 heridos.
(1) Pérez
Herrera, Marcial. “Estudio de Caso: Autoempleo, Familia y el Proceso de
Formalización”, 2016. (Fundación Friedrich Ebert).
(2) Pérez Herrera, Marcial. Op.cit
(2) Pérez Herrera, Marcial. Op.cit
Francisco Pérez García
Periodista por vocación, profesión y adicción (y mucho de terquedad).
Egresado de la Escuela de Periodismo Jaime Bausate y Meza. Fundador de Spacio
Libre, interesado en toda la dinámica del periodismo digital y creyente de la
(no) objetividad periodística y el enfoque con opiniones e interpretación.
Especializado en temas de política y derechos humanos. Terco creyente que el
país algún día cambiará y que el periodismo recuperará su función de informar y
no de servir de plataforma para el mejor postor.
Comentarios